Debida Diligencia para prevenir la Legitimación de Capitales.
Redacción MAPFRE
La Due Dilligence o Debida Diligencia se realiza a través de una investigación previa que revela detalles de la vida personal y profesional lo cual respaldará las informaciones suministradas por el cliente al momento del registro y debe hacerla el responsable de la dependencia encargada, antes de comenzar la relación entre el cliente y organización. Dado que la situación financiera del cliente puede cambiar, mejorar o empeorar, es necesario también que el procedimiento sea actualizado y complementado a medida que pasa el tiempo.
Normalmente, el proceso sigue un orden: recopilación de datos, verificación, evaluación de los resultados, aprobación y mitigación del riesgo. Finalmente, se deberá monitorear a lo largo del tiempo mediante auditorías periódicas. Este último punto sirve para conocer si los estándares de cumplimiento se mantienen.